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El uso de las tecnologías de la información en la Declaración Anual de Personas Morales.

Para la presentación de la nueva declaración anual 2019 de personas morales que se debe presentar dentro de los tres primeros meses del año 2020, el fisco federal ha echado mano de las tecnologías de la información para determinar los ingresos nominales de estos contribuyentes.


Las novedades en la declaración anual de personas morales consisten en que hay ciertos elementos para la determinación de impuestos que la autoridad ya da como válidos. Se trata de el total de ingresos nominales, los pagos provisionales enterados a la federación, los impuestos retenidos al contribuyente y el importe de los sueldos, salarios y asimilados efectuados en el ejercicio.


En este escenario es cuestión de tiempo para que el SAT determine de manera automática el importe de los impuestos a cargo de los gobernados ante unos contribuyentes que cada vez quedan mas rezagados en el uso de las tecnologías de la información.


Lo peor que en muchos casos el SAT tiene mejor determinado el importe de ingresos de los contribuyentes que los mismos. Esto lo ha logrado con base a los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) los cuales ya tienen todos los datos necesarios para la determinación de Impuestos y de manera semiautomática.


Basados en el RFC de quien emite una factura electrónica y de quien recibe la misma, el fisco ya conoce el nivel de ingresos de uno y los gastos y costos del otro en un documento cuya captura ya lo hicieron los propios contribuyentes y sin goce de sueldo.


Tenemos el reto en las empresas de emular la eficiencia en la determinación de impuestos para evitar la recaptura de datos que están disponibles para su exportación en los propios comprobantes fiscales. La captura en hojas de cálculo para la determinación de los impuestos esta quedando obsoleta por lo que es elemental que las empresas inviertan en desarrollar tecnologías de la información e inteligencia artificial para obtener de manera eficiente información fidedigna, en tiempo real para la toma de decisiones, incluyendo la determinación de obligaciones tributarias.


No hacerlo significará el consentimiento o delegar estos cálculos a la autoridad, quien en muchos casos utiliza un criterio parcial cuyo objetivo es inflar la recaudación aún en perjuicio del contribuyente.


Este fenómeno de la predeterminación de impuestos ya lo hemos experimentado en el caso de la declaración anual de personas físicas cuya predeterminación de ingresos ya viene precargada y corresponde al contribuyente seleccionar los gastos que se pudieran deducir los cuales están plagados de requisitos, límites, restricciones y en algunos casos prohibiciones para disminuir los impuestos. Tuve el caso, el año pasado, donde un cliente abriendo hecho caso al precálculo de la declaración anual, le daba saldo a cargo de doce mil pesos. Pero a la hora de revisarlo, curiosamente no le estaban considerando el subsidio al empleo pagado del que tenía derecho, por lo que terminó pagando solamente el 25% de lo que le determinaba el SAT automáticamente.


Esto lo pongo como ejemplo, porque si vas a confiar en lo que la autoridad te diga lo que tienes que pagar sin tener un proceso interno que lo corrobore va a ser muy oneroso, es por eso por lo que es altamente recomendable para las empresas comenzar a invertir para desarrollar sus procesos con ayuda de la tecnología de la información y por supuesto con personal capacitado para ir evaluando los resultados hasta hacerlo confiable.


El autor es docente en el ITESO campus Guadalajara, Doctorante en ciencias de lo fiscal, Maestro en Impuestos, Certificado por el IMCP y Registrado ante el SAT y director de la firma Ceballos Consultores, SC. Email. cesar.c@ceballosconsultores.com. Aviso Legal: El contenido del presente documento, así como la asesoría que de ello pudiera derivarse, de cualquier otro medio o forma, puede ser contraria a la interpretación de las autoridades fiscales. La información publicada en este medio no crea derechos ni establece obligaciones distintas a los contenidos en las disposiciones fiscales



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