¿Qué hacer con los trabajadores en caso que se decrete la cuarentena a negocios?
En estos momentos difíciles hay que poner todo de nuestra parte para evitar los contagios. No falta mucho para que las autoridades mexicanas declaran la contingencia sanitaria.
Habrá que habrá que recordar existen 3 fases de una contingencia sanitaria, siendo la 1ª solamente cuando es posible identificar el origen del contagio y los casos sospechosos de las personas con probabilidad de contagio por contacto. En una 2ª fase se entra cuando hay cientos de casos y ya no es posible identificar el origen y correlación de las infecciones y en este punto, se suspenden los eventos masivos en espacios abiertos y cerrados incluso en cines restaurantes y bares, así como en escuelas algunos centros de trabajo. En una 3ª fase soy llega después del contabilizarse miles de casos por todo el territorio nacional incluso pueden cerrarse las fronteras para evitar más contagios.
En el caso que las autoridades impusieran el cierre de establecimientos comerciales se tendría que acatar a lo establecido en el artículo 42 BIS y 429 de la Ley Federal del trabajo establece la obligación del patrón de seguirle pagando el salario por los días que impliquen una suspensión de labores por una declaratoria de contingencia sanitaria emitida por las autoridades respectivas.
Si bien el salario no sería a lo que se paga en realidad, sino que sería el equivalente a un día de salario mínimo general vigente por cada día que dure la suspensión sin que pueda exceder de un mes. Es decir, el peor escenario para el patrón es que la contingencia se declare por más de un mes y que, a pesar de dejar de tener ingresos por el cierre de establecimiento, tenga que pagar $3,669.90 pesos al mes por cada empleado que tenga.
Además del salario mínimo obligado a pagar por la suspensión de labores, el patrón deberá cubrir sus obligaciones patronales normales sobre dicha base, a no ser que se decrete un estímulo fiscal para este fin que hasta la hora de escribir estas líneas ninguna autoridad fiscal ha dado alguna declaratoria. En contraste el gobierno de Estados Unidos de América ya ha dado prórroga para presentar las declaraciones fiscales hasta julio.
En conclusión, lo más probable es que quienes sean patrones, tendrán que sobrevivir sin ingresos y con la agravante de estar obligados a cumplir con la carga laboral y de obligaciones patronales por todo este tiempo, así que a romper el cochinito y afrontar esta situación terrible. Quien no haya estado preparado para la contingencia a corto o mediano plazo el cierre de su negocio será lo más probable.
Desafortunadamente. Nos leemos en la próxima entrega…. Esperemos.
Fuente: César Ceballos.
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