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SOPLONES SIN GOCE DE SUELDO. NUEVA ESTRATEGIA DE FISCALIZACIÓN DEL SAT.


A decir verdad, el SAT siempre ha buscado soplones sin goce de sueldo. Perdón por mis modales, quise decir información de terceros. Esos Informantes son los demás contribuyentes que informan al SAT sobre las actividades de otros a través de las Declaraciones Informativas de Operaciones con Terceros (DIOT),Complementos de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) como notarios, nóminas, combustibles, venta de autos usados y nuevos, entre otros.


A partir del 2020 el fisco federal va más allá, al obligar a los asesores fiscales o en su defecto a los mismos contribuyentes a informar los “Esquemas Reportables”. En el entendido que como esquema se refiere cualquier plan, proyecto, propósito, deseo, sugerencia, recomendación, asesoría, consultoría, opinión, pensamiento pecaminoso o cualquier concepto análogo que tengan como objeto cualquier posibilidad de materialización de un acto jurídico.


Esquema Reportable es todo aquel esquema que generan o tienen el potencial de generar de manera directa o indirecta un beneficio fiscal en México. Ahora bien, para el SAT un beneficio fiscal es cualquier disminución, diferimiento o abatimiento de una contribución. ¡Aun utilizando deducciones, exenciones, estímulos, acreditamiento, compensaciones o de cualquier naturaleza, aún las reconocida en Ley!


Es decir, cualquier cosa que haga que se paguen menos impuestos habrá que informarle al SAT. El primer responsable es el asesor fiscal, que se entiende cualquier persona (física o moral) que brinde asesoría fiscal o sea responsable directo o indirecto en el diseño, implementación, organización, comercialización, supervisión o administración de un esquema reportable. En caso de que no sea identificable el “asesor fiscal” será el contribuyente el responsable de informar al SAT los esquemas reportables.


Las multas por no revelar un esquema reportable, revelarlo de forma incompleta o con errores, o hacerlo de forma extemporánea sin importar que se haga de forma espontánea, varían desde los$50 mil hasta los $20 millones por cada esquema no revelado entre otras fuertes sanciones.


También en el año 2020 se estrena otro soplón, es decir, otra figura fiscal llamada “tercero colaborador fiscal” que se refiere a aquella persona que no ha participado en la expedición, adquisición o enajenación de comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, pero que cuenta con información que no obre en poder de la autoridad fiscal, relativa a contribuyentes que han incurrido en tales conductas y que voluntariamente proporciona a la autoridad fiscal la información de la que pueda disponer legalmente y que sea suficiente para acreditar dicha situación.


Se pretende que el tercero colaborador fiscal proporcione información y documentación para que la autoridad pueda substanciar los procedimientos penales y de comprobación de la comisión de delitos fiscales previsto en las disposiciones tributarias vigentes.


Con lo anterior, el contribuyente deberá tener mucho cuidado de la confidencialidad de sus colaboradores y de no hacer cosas buenas que parezcan malas y de informar cualquier esquema reportable a las autoridades si no quiere una multa millonaria.



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