TRIBUNAL ELECTORAL ORDENA INVESTIGAR SPOT DE LUIS ALEGRE.
· El diputado Luis Alegre Salazar será investigado por la difusión de promocionales en los que da un mensaje a la población de Quintana Roo.
Luis Alegre Salazar, diputado federal por Morena, será investigado por la difusión de promocionales en los que da un mensaje a la población de Quintana Roo en torno a la pandemia del Covid-19.
Por unanimidad, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó a la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral de la Secretaría Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral (INE) iniciar la indagatoria.
En sesión privada y por videoconferencia, la Sala Superior emitió la resolución, luego de que el Partido Acción Nacional (PAN) solicitó sancionar al diputado federal del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena).
El blanquiazul acudió a la Unidad Técnica para solicitar medidas cautelares contra Alegre Salazar, dada la proximidad del inicio del proceso electoral en la entidad, ya que se considera un acto de promoción personal.
El INE, cabe precisar, emitió un acuerdo en el que se suspenden los plazos respecto a la tramitación del procedimiento especial sancionador, hasta que se determine la fecha de reanudación de actividades suspendidas por el confinamiento.
El partido blanquiazul impugnó el acuerdo y este miércoles, el Tribunal Electoral le dio la razón al dejar sin efectos el acuerdo del INE y determinar que la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral, carece de competencia para suspender la tramitación y resolución de las medidas cautelares.
Esto, debido a que la autoridad facultada para ello es la Comisión de Quejas y Denuncias del propio INE, por lo tanto, se deberá investigar y verificar la existencia de los mensajes difundidos en radio y la posible responsabilidad contra el diputado federal.
Una vez recabada la información tendrá que poner al tanto a la Comisión de Quejas y Denuncias del INE, para que resuelva y emita las medidas cautelares en un plazo de 24 horas e informar por medio electrónico.
La Sala Superior consideró que la solicitud de medidas cautelares emitidas por el partido político quejoso, deben ser atendidas por los órganos competentes, y en dado caso, suspender la transmisión de los spots en radio difundidos en Quintana Roo.
Fuente: El Santo.
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